De acuerdo con el artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado debe reconocer y garantizar el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a su libre determinación y autonomía. Esto incluye:
Acciones Destacadas
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• Reconocer y respetar la diversidad cultural, histórica, social, étnica y lingüística. |
• Garantizar el derecho a la consulta previa, para que participen en decisiones que afecten sus territorios, recursos naturales y formas de vida. |
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• Respetar la autonomía en la gestión de sus sistemas normativos, organización social y recursos naturales. |
• Combatir la discriminación y fortalecer su identidad cultural, promoviendo el acceso a derechos y oportunidad en igualdad de condiciones. |
El objetivo es construir una nación más inclusiva y justa para los pueblos indígenas y afromexicanos, fortaleciendo sus derechos y promoviendo su desarrollo social, económico y cultural.
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